Se ha publicado la RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2013, de la
Dirección General de Centros y Personal Docente, por la que se convoca la concesión de ayudas de comedor escolar en
los centros educativos no universitarios de titularidad de la Generalitat y
privados concertados para el curso escolar 2013-2014. [2013/6636].
SE PRESENTARÁ UNA
SOLICITUD POR FAMILIA en la Secretaría
del centro donde se encuentre matriculado el alumno/a sea de Educación Infantil o Primaria, hasta el 12 de julio, todos los lunes, miércoles o viernes de 10:00 a
las 11:00 horas
Qué se debe presentar
- Instancia debidamente llenada y firmada por el padre y la madre, el tutor o la persona encargada por la custodia del menor.
- Fotocopia del DNI/NIF/pasaporte/NIE (número de identificación de extranjero) de los solicitantes (padres, tutores o semejantes), así como del NIF del alumno o alumna si dispone del mismo.
- Fotocopia y original del libro de familia.
- No se presenta fotocopiada la declaración de la renta. Los datos fiscales lo obtendrá la Consellería de Educación directamente desde la AGENCIA ESTATAL de la ADMINISTRACIÓN TRIBUTARÍA..
- Cuando los ingresos de la unidad familiar sean 0 euros se deberá presentar informe de los servicios sociales en el que se haga constar la situación económica de la familia, y, en caso de no ser posible, informe de la dirección del centro si es conocedora de la citada situación. Sólo se tendrá en cuenta esta circunstancia si por parte de la AEAT no se han obtenido datos de renta referentes al ejercicio 2012.
- Se valorarán las circunstancias socio-familiares especiales del alumnado, de acuerdo con la puntuación otorgada en este apartado, por cada uno de los conceptos señalados, que hayan sido debidamente acreditadas mediante original o copia cotejada de las certificaciones o documentos con validez oficial que se especifican.
Quien puede solicitar beca de comedor
Será beneficiario
de la ayuda para el servicio de comedor escolar todo aquel alumnado de Educación Infantil y Educación Primaria
al que se le conceda la ayuda con carácter asistencial de acuerdo con el baremo
que se establece en los artículos siguientes, en atención a las circunstancias
socioeconómicas concurrentes, y siempre que no superen los umbrales de renta
establecidos en el apartado siguiente.
Umbrales de
renta
Con efectos del
curso escolar 2013-2014, podrá participar en la presente convocatoria de ayudas
asistenciales de comedor el alumnado cuya renta familiar, durante el año 2012,
no supere los siguientes importes ( calculados de las casillas 455 y 465 de cada
declaración; otros casos leer bases):
Familias de dos
miembros: 24.089,00
Familias de tres
miembros: 32.697,00
Familias de cuatro
miembros: 38.831,00
Familias de cinco
miembros: 43.402,00
Familias de seis
miembros: 46.853,00
Familias de siete
miembros: 50.267,00
Familias de ocho miembros: 53.665,00
Para descargar la
circular informativa elaborada por nuestro centro y las instancias:
Podéis recoger la circular informativa y solicitud en Conserjería
Ver Bases completas:
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